El Tribunal Supremo declara firma la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla
El Tribunal Supremo (TS) ha declarado firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condena a dos personas a un año y tres meses de prisión por su actuación durante la venta de la mina de Riotinto entre los años 2004 y 2005.
Uno de los condenados es el que entonces era consejero delegado de la empresa Minas de Riotinto (MRT), sobre quien se considera probado que se apropió indebidamente de más de 320.000 euros de una compañía suiza con la que contactó para que adquiriese los activos que la Comisión Liquidadora de MRT iba a sacar a subasta pública.
La sentencia, que condena a una segunda persona y absuelve a otras dos, considera que el entonces consejero delegado de MRT, como no podía figurar en la empresa compradora, lo hizo a través de las sociedades Mantesur Andévalo S.L (MSA) e Inmoinversión Eurogroup SL (IEG). La primera fue la encargada de adquirir los bienes de la mina y la segunda se constituyó con el objetivo de explotarla.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso la Agencia EFE, la compañía suiza transfirió más de 8,5 millones de euros a IEG y más de 5,4 a Mantesur Andévalo S.L, de los que más de 320.000 se facturaron a empresas que no existían o que nunca contrataron con MSA.