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  • El acusado del atropello mortal de Alicia Rodríguez será juzgado por homicidio doloso

    El acusado del atropello mortal de Alicia Rodríguez será juzgado por homicidio doloso

    La Audiencia Provincial acepta el recurso de la familia de la reportera contra la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, por lo que se enfrentará a un juicio con jurado popular

    La pareja sentimental de la reportera gráfica onubense Alicia Rodríguez, M.Q.S., acusado de su atropello mortal en Marmolejo (Jaén) en junio de 2021, será finalmente juzgado por homicidio doloso y no por homicidio imprudente como lo calificó la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, por lo que finalmente se enfrentará a un juicio con jurado popular.

    Así lo ha señalado la Audiencia Provincial de Huelva en un auto que se ha hecho público este mismo jueves, después de que tanto la defensa particular como el Ayuntamiento de Huelva y la Junta de Andalucía -personados en la causa- recurrieran la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer y se celebrara el pasado mes de noviembre la vista de apelación.

    Según han indicado a Europa Press fuentes familiares, ahora será el jurado el que «valorará si se trata de un homicidio imprudente o en su caso un homicidio doloso o un asesinato» ya que «en este caso no se puede aceptar el homicidio imprudente» porque este tipo penal «significa que el hecho se hubiera producido durante una conducción en una vía pública» y «no estamos hablando de ese caso, sino de la utilización de un coche como medio para cometer un crimen».

    Por ello, han afirmado que «al no tratarse de un caso de accidente de tráfico ni de conducción temeraria no puede ser calificado de homicidio imprudente» porque, «además, sería leve y, en tal caso, debería ser archivado porque tampoco tendría carácter penal sino civil», pero en este caso «quiénes han practicado las pruebas dicen que se trata de una cuestión dolosa».

    Así las cosas, el hecho de que sea juzgado por homicidio doloso implicaría que los hechos fueron cometidos «de forma consciente y voluntaria», como siempre han sostenido las acusaciones y la familia de la reportera gráfica.

    De esta forma, se declara la revocación del auto de instrucción y el siguiente paso es incoar las actuaciones conforme a lo dictado en el auto de la Audiencia Provincial, tras lo que se realizará la selección del jurado, por lo que se prevé que la celebración del juicio se atrase al menos un año.

    Tanto el Ministerio Fiscal como la defensa del acusado pedían que el acusado fuera juzgado por homicidio imprudente, como lo ha calificó la jueza en julio de 2023.

    Tras conocer la calificación, la familia de Alicia Rodríguez mostró su «profunda indignación» por conocerse que el presunto autor de su muerte sería juzgado «únicamente» por un delito de homicidio imprudente «en lugar de hacerlo por delito de homicidio doloso o de asesinato». En un comunicado remitido a Europa Press, sus padres lamentaron «el tratamiento que desde la administración de justicia y, más concretamente desde la fiscalía de violencia sobre la mujer, se le estaba dando a este asunto».

    «Para nosotros ha quedado más que demostrado, a lo largo de la investigación y en los sucesivos informes de la Guardia Civil, que nuestra hija fue asesinada por su pareja sentimental a altas horas de la madrugada, en un descampado de la localidad de Marmolejo, Jaén, de manera dolosa y consciente», señalaba el comunicado.

    En este sentido, consideraban «injusto» que a una joven «de tan solo 36 años, con tantas vivencias y experiencias aún por descubrir, se le sesgue la vida de un modo tan cruel y que el Ministerio Fiscal considere que el atropello que le causó la muerte» fue «un simple despiste», cuando «los informes periciales de la Guardia Civil acreditan que se realizó de manera voluntaria y plenamente consciente, pues para ello el autor necesitó activar el acelerador de manera constante y contundente para vencer la resistencia del cuerpo de la víctima bajo el vehículo».

    Los hechos

    El suceso se produjo sobre las 03,30 horas del 12 de junio de 2021, cuando M.Q.S solicitó una ambulancia en el término municipal de Marmolejo señalando que una mujer había sufrido un accidente. Al llegar, se encontraron a la mujer presuntamente atropellada por un vehículo y fallecida.

    El acusado, vecino de esta localidad de Jaén, fue llevado en un primer momento como detenido a las dependencias de la Guardia Civil de Marmolejo y trasladado posteriormente a la Comandancia de la Guardia Civil en Jaén capital, donde permaneció detenido hasta ser trasladado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Andújar, que decretó prisión provisional comunicada y sin fianza.

    Después, se inhibió al Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, que aceptó la inhibición porque, al tratarse de una causa de violencia de género, se debe tramitar en el partido judicial donde residía la víctima. Este Juzgado ratificó la medida de prisión provisional, aunque fue puesto el libertad provisional un año después.

    El vehículo que atropelló a la mujer está a nombre del padre del detenido y presunto autor de la muerte violenta de la mujer. Precisamente fue M.Q.S. el que llamó comunicando el accidente y el que en un primer momento negó ante la Guardia Civil tener cualquier tipo de relación con la víctima, aunque parece ser que desde hacía un año eran pareja.

  • Absuelven al vecino de Higuera acusado de amenazar al alcalde

    Absuelven al vecino de Higuera acusado de amenazar al alcalde

    La jueza considera que no concurren los elementos que integran el delito leve de amenazas

    El juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Aracena ha absuelto al vecino de Higuera de la Sierra que fue denunciado por el actual alcalde de la localidad, Mario Domínguez (PP), por el presunto delito de amenaza, una denuncia que fue interpuesta a finales del pasado mes de marzo, cuando el denunciante era candidato a la Alcaldía.

    En la sentencia, a la que ha tenido acceso TINTO NOTICIAS, la jueza considera que «no puede concluirse que concurran los elementos que integran el tipo penal de delito leve de amenazas, manteniéndose incólume la presunción de inocencia que ampara al denunciado», por lo que absuelve «libremente» al acusado «de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones», añade.

    Durante el juicio previo a este sentencia, tal y como se recoge en la misma, el denunciante solicitó «una sentencia condenatoria con imposición, por cada uno de dichos delitos (amenaza y lesiones), de una pena de tres meses de multa a razón de 10 euros de cuota diaria, con la indemnización que proceda en concepto de responsabilidad civil por las lesiones causadas».

    El denunciado, por su parte, pedía «sentencia absolutoria», para lo que alegaba la existencia de «una duda razonable de que las amenazas fueran serias y que la intención del denunciado fuese que llegaran a oídos del denunciante», tras lo que los autos quedaron vistos para sentencia.

    Tal y como ya informó este periódico el pasado 30 de marzo, el alcalde de Higuera de la Sierra y entonces candidato del PP a la Alcaldía interpuso una denuncia ante la Guardia Civil en la que acusaba al denunciado de amenazarle de muerte, como según el denunciante se apreciaba en un vídeo.

  • La familia del decapitado en Pio XII asegura que tenía un «miedo espantoso» al acusado

    La familia del decapitado en Pio XII asegura que tenía un «miedo espantoso» al acusado

    No se atrevió a denunciarlo pese a las «amenazas que recibía todos los días»

    El cuñado del hombre decapitado en Huelva capital, C.R.M. y cuya cabeza paseó el presunto autor de su muerte por la calle el 31 de octubre de 2020, tras lo que la depositó en un contenedor de basura de la avenida Pío XII, ha señalado que el mismo «tenía un miedo espantoso» del acusado y que así se lo había hecho saber en varias ocasiones.

    Así lo ha manifestado durante su declaración en la sesión de este lunes del juicio que se celebra contra M.J.N.B, conocido como ‘el mexicano’ –ya que pasó 32 años residiendo en ese país, de los cuales más de diez estuvo ingresado en prisiones mexicanas por un delito de robo– como presunto autor de la muerte y decapitación de esta persona, señalando que «no se atrevió a denunciarlo» a pesar de que había manifestado que «lo tenía acosado todos los días» y «no le dejaba tranquilo» llegando «a pegarle algún guantazo».

    De la misma manera, ha apuntado que la casa de la víctima «siempre estaba recogida y limpia» y que así lo comprobaba porque «iba casi a diario» ya que la familia se hizo cargo de él después de que «se rehabilitara de las drogas» ya que «tenía una pensión de 398 euros al mes» que le gestionaba una de las hermanas de la víctima, así como que se dedicaba también a recoger chatarra para conseguir mas dinero.

    Asimismo, ha explicado que consumía «metadona» controlada por «la Seguridad Social», toda vez que ha apuntado que «ningún vecino se quejó» o alertó «nunca» de que su casa fuera zona de venta o consumo de drogas.

    El cuñado del fallecido ha apuntado que su esposa –hermana de C.R.M y quien gestionaba su dinero– se encuentra desde este suceso «en tratamiento psicológico» y que era la familia la que le pagaba las facturas del móvil, la luz y el agua.

    En la misma línea se ha manifestado una de las sobrinas de la víctima, quien ha aseverado que tiene «mucho miedo» de que el acusado «salga de prisión» y que vivió con su tío seis meses sin ver «que entrara nadie ni que vendiera droga». A este respecto, cuestionada por el abogado de la defensa por el motivo de que en la autopsia «se encontraran restos de varias drogas» ha indicado que, puesto que había sido rehabilitado de su adicción a las drogas, cree posible «que tuviera alguna recaída».

    Además, ha aseverado que le han llegado «informaciones» de que había sido trasladado de la cárcel de Huelva otra prisión por «agredir e intentar matar a una persona», extremo que ha sido negado por el abogado de ‘el mexicano’, quien ha insistido en el «interés» de esta sobrina por «recuperar el móvil» que ella le había regalado a C.R.M al creer que era porque «podría contener vídeos de grabaciones ilícitas», algo que ha negado la sobrina y que el abogado de la defensa expuso durante la sesión de mañana como motivación de la trifulca que acabó con la muerte de este hombre.

    De otro lado, también han declarado los dos testigos que vieron al acusado con la cabeza de C.R.M en la plaza Houston y que persiguieron al mismo hasta Pío XII –donde depositó la cabeza al lado de los contenedores– tras llamar a la Policía Nacional para alertar de este hecho.

    En este sentido, uno de los testigos ha asegurado que M.J.N.B le dijo «sígueme que voy a matarte» y que vio la cabeza cuando el acusado «la tiraba al suelo desde la bolsa», de forma que en principio creía que era «una broma de Halloween». Con respecto a la presunta amenaza, el abogado de la defensa ha asegurado que no estaba recogida en su declaración inicial a la Policía Nacional, hecho que ha justificado el testigo alegando que «creía recordar haberlo dicho» pero que como es extranjero «aún no sabía habla bien español».

    Por su parte, la primera testigo que vio la cabeza también ha señalado que en principio pensó que era una broma y que lo vio «quemando» algo en los contenedores, por lo que le preguntó «qué había en la bolsa» y el acusado le dijo, primero «que le diera un cigarro», y luego «que le diera 500 pesos y se lo mostraba», pero que la sacó «y la tiró al suelo» algo que «también vieron niñas» que había por la zona, tras lo que el encausado «se fue y volvió a recoger la cabeza y se dirigió a Pío XII», toda vez que ha afirmado que ella lo notó «muy tranquilo» y no le pareció «que estuviera borracho ni drogado».

    También ha declarado una vecina del fallecido, que ha manifestado que era «amiga de toda la vida» y que el mismo «no metía a nadie en casa» y que «no era un fumadero», al tiempo que ha añadido que «tenía conocimiento de discusiones de la víctima con el acusado».

    De otra parte, la sobrina del encausado ha señalado que el fallecido «siempre ha estado metido en las drogas», al tiempo que ha explicado que el día 29 de octubre notó a su tío «en actitud nerviosa» y ha apuntado que el día 31 lo vio «con los testigos» y luego «se presentó en su casa» pero que «no le contó nada» y que era conocedora de que «consumía drogas». Con respecto a esta declaración, la acusación particular ha solicitado que «se recuse» la misma «por falso testimonio», aseverando que lo que ha contado «no es lo que venía en su declaración inicial a la Policía Nacional».

    A preguntas de la defensa, la sobrina de ‘el mexicano’ ha asegurado que el fallecido le había enseñado «vídeo sexuales» con mujeres, entre las que se encontraba la madre de la misma y que conseguía mantener esas relaciones «ofreciendo droga a cambio», algo que ha afirmado que también le ofreció a ella porque la víctima lo consideraba «algo normal» y que también lo hizo con su hermana «menor de edad». Además, ha dicho que su tío tuvo una pelea con su tía y que el fallecido «le ofreció vivir con él».

    DECLARACIONES POLICIALES

    Por su parte, el jefe de la Brigada de Homicidios de la Policía Judicial perteneciente a la Policía Nacional de Huelva ha testificado también en esta sesión, donde ha aseverado que el acusado declaró en sede policial que había golpeado a la víctima por detrás en la cocina, así como que se le interrogó porque, en base a su experiencia, «dio la impresión de que estaba en condiciones de declarar» y que lo hizo «con un abogado delante» y «voluntariamente».

    De la misma manera, ha apuntado que la Policía Científica «cumplió con la cadena de custodia» de las pruebas «según lo establecido» y que M.J.N.B ya era conocido por la Policía Nacional por un altercado familiar anterior a este suceso, toda vez que ha explicado que durante el tiempo que estuvo en la comisaría notó que era una persona «muy impulsiva, inestable y aprensiva» pero que «no dio problemas».

    Otro de los agentes que ha declarado ha señalado que estuvo en la inspección ocular de la casa y que esta presentaba «signos de violencia» tales como «restos de sangre» por diferentes sitios y que recordaba haber visto una pipa de fumar, al tiempo que, preguntado por la acusación particular por la declaración de la sobrina del acusado, ha manifestado que si en la declaración policial constaba que había dicho que su tío no tomaba drogas, «así es».

    Finalmente, el tercer agente que ha declarado ha indicado que cuando sucedieron los hechos y se desplazaron a la zona un vecino les aseguró que el acusado «había pasado la noche fumando» con el fallecido.

    La Fiscalía pide 24 años de cárcel al considerar que los hechos por los que se juzgan al acusado son constitutivos de un delito de asesinato, al tiempo que también lo acusa de profanación de cadáver», mientras que la acusación particular, que pide 32 años y cinco meses de prisión, considera que en este caso se dan cuatro delitos: «indefensión del fallecido, alevosía, robo con violencia e intimidación y un delito contra la integridad moral» y pide 350.000 euros de indemnización para los familiares del fallecido.

    La defensa, además de alegar que considera que se trata de un homicidio «al no haber «premeditación», ha aseverado que en el procedimiento «se han dado fallos y contradicciones».