Etiqueta: homicidio

  • Prisión para el acusado de apuñalar a un hombre durante una reyerta en Isla Cristina

    Prisión para el acusado de apuñalar a un hombre durante una reyerta en Isla Cristina

    Un juzgado de Ayamonte ordena su ingreso por un presunto delito de homicidio en grado de tentativa

    El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ayamonte (Huelva) ha ordenado el ingreso en prisión del detenido el pasado jueves por apuñalar presuntamente a otra persona durante una reyerta en Isla Cristina, tal y como han indicado a Europa Press desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ha explicado que este domingo el acusado pasó a disposición judicial y que se le acusa, presuntamente, de un delito de homicidio en grado de tentativa.

    Los hechos ocurrieron durante la tarde del pasado jueves, cuando, durante una reyerta en una plazoleta de la localidad Isla Cristina entre varias personas, uno de los detenidos intentó apuñalar a un individuo, pero en ese momento llega una cuarta persona que, tras un forcejeo, cae al suelo, momento en el que el autor, supuestamente, le propinó varias puñaladas por la espalda.

    A continuación, según explicaron desde la Benemérita, el presunto autor de las puñaladas se atrincheró en su vivienda. La zona fue acordonada por agentes de la Guardia Civil junto con agentes de la Policía Local de la localidad, ya que «un gran tumulto de personas» intentó acceder a la vivienda, teniendo que ser protegido por los agentes para evitar su agresión, y procediendo a su detención y traslado a dependencias oficiales.

    Asimismo, durante la operación, los agentes detuvieron a una segunda persona, acusada presuntamente de ocultación de pruebas –encubrimiento–. No obstante, quedó en libertad con cargos. Por su parte, la víctima fue trasladada al Hospital Virgen de la Bella de Lepe para recuperarse de las heridas.

  • Detienen a un menor tras apalizar al hombre condenado por asesinar a su padre

    Detienen a un menor tras apalizar al hombre condenado por asesinar a su padre

    El joven es internado en un centro de menores y la victima falleció unos días después de la paliza

    Un joven de 17 años fue detenido el pasado mes de febrero acusado de homicidio en grado de tentativa por golpear en una farmacia de Rociana del Condado (Huelva) a un anciano de 75 años, sobre el que pesa una condena por el asesinato del padre del detenido, al que disparó con una escopeta en un huerto de su propiedad. Tras la detención, el joven fue puesto a disposición judicial y permanece interno en un centro, mientras que el anciano falleció hace unos días, aunque se investiga si fue por las heridas provocadas por el joven.

    Según han indicado tanto la Guardia Civil como la Fiscalía de Menores a Europa Press, el joven fue detenido el pasado 29 de febrero por propinar varios golpes a un anciano de 75 años en un establecimiento de Rociana del Condado. El joven pasó a disposición judicial y la Fiscalía de Menores decretó su ingreso en un centro, donde permanece desde el 6 de marzo.

    Sin embargo, la Guardia Civil comunicó este lunes el fallecimiento del anciano, que se habría producido hace algunos días, e investiga si su muerte ha sido consecuencia de las heridas y contusiones de la paliza propinada por el menor.

    En este sentido, el hijo del fallecido ha explicado en Canal Sur Televisión, recogido por Europa Press, que desde el suceso han recibido «amenazas e insultos» tanto él como sus familiares y ha contado que el joven se cruzó con él por la calle y trató «de agredirlo», así como que le dijo que «o moría él o su padre».

    Por otro lado, ha manifestado que, según lo relatado por uno de los testigos, el día de la agresión «estaban en el mostrador, el chaval y su madre, los estaba atendiendo, la madre se giró, vio a mi padre que estaba hablando con una persona mayor, sentados los dos en un asiento que hay en la farmacia, y la madre le dijo al de la farmacia que la atendiera ligero. Cuando la atendieron, se giró el chaval, vio a mi padre allí y simplemente, sin nada, se lio a puñetazos con él».

    Asimismo, el hijo ha confirmado que el anciano pasó un año en prisión, pero se percataron de «que tenía varias enfermedades» y se detectó «que tenía el lóbulo frontal con muchos microinfartos, deficiencia senil y Alzheimer», pero que «tenía que ir todos los lunes a firmar al cuartel de la Guardia Civil». Debido a esto, el hijo ha señalado que el anciano «salía muy poco de casa» y, por ello, «no se había topado con nadie de la familia».

    Por otro lado, ha comentado que tras la agresión su padre «llegó muy grave» al hospital y que ese mismo día los médicos «le indujeron un coma y estuvo once días en ese estado, pasó a planta, pero raramente abría los ojos y perdió el habla». Además, lamenta que ninguna de las personas que presenciaron el hecho «hicieran nada para ayudarlo o no se atrevieron».

    Este hombre fue condenado por la Audiencia Provincial de Huelva a 15 años de cárcel por asesinar en 2020 de un disparo de escopeta al padre del menor en un huerto de su propiedad ubicado en la localidad de Rociana del Condado (Huelva) al «sospechar» que el fallecido había entrado en dicho lugar a robar, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular en relación a unos hechos ocurridos en el mes de mayo de 2020. No obstante, fue puesto el libertar tras el pago de una fianza.

  • El acusado del atropello mortal de Alicia Rodríguez será juzgado por homicidio doloso

    El acusado del atropello mortal de Alicia Rodríguez será juzgado por homicidio doloso

    La Audiencia Provincial acepta el recurso de la familia de la reportera contra la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, por lo que se enfrentará a un juicio con jurado popular

    La pareja sentimental de la reportera gráfica onubense Alicia Rodríguez, M.Q.S., acusado de su atropello mortal en Marmolejo (Jaén) en junio de 2021, será finalmente juzgado por homicidio doloso y no por homicidio imprudente como lo calificó la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, por lo que finalmente se enfrentará a un juicio con jurado popular.

    Así lo ha señalado la Audiencia Provincial de Huelva en un auto que se ha hecho público este mismo jueves, después de que tanto la defensa particular como el Ayuntamiento de Huelva y la Junta de Andalucía -personados en la causa- recurrieran la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer y se celebrara el pasado mes de noviembre la vista de apelación.

    Según han indicado a Europa Press fuentes familiares, ahora será el jurado el que «valorará si se trata de un homicidio imprudente o en su caso un homicidio doloso o un asesinato» ya que «en este caso no se puede aceptar el homicidio imprudente» porque este tipo penal «significa que el hecho se hubiera producido durante una conducción en una vía pública» y «no estamos hablando de ese caso, sino de la utilización de un coche como medio para cometer un crimen».

    Por ello, han afirmado que «al no tratarse de un caso de accidente de tráfico ni de conducción temeraria no puede ser calificado de homicidio imprudente» porque, «además, sería leve y, en tal caso, debería ser archivado porque tampoco tendría carácter penal sino civil», pero en este caso «quiénes han practicado las pruebas dicen que se trata de una cuestión dolosa».

    Así las cosas, el hecho de que sea juzgado por homicidio doloso implicaría que los hechos fueron cometidos «de forma consciente y voluntaria», como siempre han sostenido las acusaciones y la familia de la reportera gráfica.

    De esta forma, se declara la revocación del auto de instrucción y el siguiente paso es incoar las actuaciones conforme a lo dictado en el auto de la Audiencia Provincial, tras lo que se realizará la selección del jurado, por lo que se prevé que la celebración del juicio se atrase al menos un año.

    Tanto el Ministerio Fiscal como la defensa del acusado pedían que el acusado fuera juzgado por homicidio imprudente, como lo ha calificó la jueza en julio de 2023.

    Tras conocer la calificación, la familia de Alicia Rodríguez mostró su «profunda indignación» por conocerse que el presunto autor de su muerte sería juzgado «únicamente» por un delito de homicidio imprudente «en lugar de hacerlo por delito de homicidio doloso o de asesinato». En un comunicado remitido a Europa Press, sus padres lamentaron «el tratamiento que desde la administración de justicia y, más concretamente desde la fiscalía de violencia sobre la mujer, se le estaba dando a este asunto».

    «Para nosotros ha quedado más que demostrado, a lo largo de la investigación y en los sucesivos informes de la Guardia Civil, que nuestra hija fue asesinada por su pareja sentimental a altas horas de la madrugada, en un descampado de la localidad de Marmolejo, Jaén, de manera dolosa y consciente», señalaba el comunicado.

    En este sentido, consideraban «injusto» que a una joven «de tan solo 36 años, con tantas vivencias y experiencias aún por descubrir, se le sesgue la vida de un modo tan cruel y que el Ministerio Fiscal considere que el atropello que le causó la muerte» fue «un simple despiste», cuando «los informes periciales de la Guardia Civil acreditan que se realizó de manera voluntaria y plenamente consciente, pues para ello el autor necesitó activar el acelerador de manera constante y contundente para vencer la resistencia del cuerpo de la víctima bajo el vehículo».

    Los hechos

    El suceso se produjo sobre las 03,30 horas del 12 de junio de 2021, cuando M.Q.S solicitó una ambulancia en el término municipal de Marmolejo señalando que una mujer había sufrido un accidente. Al llegar, se encontraron a la mujer presuntamente atropellada por un vehículo y fallecida.

    El acusado, vecino de esta localidad de Jaén, fue llevado en un primer momento como detenido a las dependencias de la Guardia Civil de Marmolejo y trasladado posteriormente a la Comandancia de la Guardia Civil en Jaén capital, donde permaneció detenido hasta ser trasladado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Andújar, que decretó prisión provisional comunicada y sin fianza.

    Después, se inhibió al Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, que aceptó la inhibición porque, al tratarse de una causa de violencia de género, se debe tramitar en el partido judicial donde residía la víctima. Este Juzgado ratificó la medida de prisión provisional, aunque fue puesto el libertad provisional un año después.

    El vehículo que atropelló a la mujer está a nombre del padre del detenido y presunto autor de la muerte violenta de la mujer. Precisamente fue M.Q.S. el que llamó comunicando el accidente y el que en un primer momento negó ante la Guardia Civil tener cualquier tipo de relación con la víctima, aunque parece ser que desde hacía un año eran pareja.

  • Condenado a seis años de internamiento por matar a su madre en La Antilla

    Condenado a seis años de internamiento por matar a su madre en La Antilla

    La Audiencia Provincial confirma la sentencia contra el menor

    La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha desestimado los recursos interpuestos por la Fiscalía y la defensa del menor condenado por homicidio doloso con agravante de parentesco por matar a su madre en julio de 2020 en el núcleo lepero de La Antilla (Huelva) y confirma la sentencia dictada en abril por el Juzgado de Menores, que le imponía al joven seis años de internamiento en régimen cerrado con tratamiento ambulatorio de salud mental, complementada con tres años de libertad vigilada con asistencia educativa.

    Según recoge la sentencia de apelación, a la que ha tenido acceso Europa Press, la defensa del menor solicitaba la revocación de la sentencia del Juzgado de Menores y pedía su absolución del delito de homicidio doloso y que «subsidiariamente se establezca la medida de internamiento» en el mismo centro en el que había cumplido la medida cautelar como interno «por plazo de un año» como «autor de un delito de homicidio imprudente».

    Igualmente, la defensa considera que «no ha quedado suficientemente acreditada cuál fue la causa exacta del fallecimiento de la madre del menor», por lo que añade que «subsidiariamente, al no existir dolo específico del homicidio imputado al expedientado, su responsabilidad lo sería como autor de un delito de homicidio imprudente».

    Ante esto, la Audiencia Provincial señala que comparte la conclusión de la sentencia de Instancia de que «examinadas las manifestaciones» y «valorando la prueba en su conjunto, los hechos ocurrieron tal y como han sido declarados probados».

    «La realidad de los hechos probados ha quedado debidamente justificada con la prueba practicada. La juzgadora ha valorado los testimonios prestados a su presencia con todas las garantías procesales y las ventajas que para su apreciación presenta el respeto a los principios de oralidad, inmediación y contradicción, siendo estas declaraciones apreciadas según las reglas del criterio racional, poniendo esos testimonios en relación con otros datos objetivos como el informe de autopsia», señala el escrito.

    Asimismo, mantiene que, en relación con la casa del fallecimiento, «ha de concluirse, tal y como hace la magistrada a quo, que la causa de la muerte fue por una asfixia mecánica por estrangulamiento». Así lo considera acreditado a la vista del informe de autopsia en el que se determina «que nos encontramos ante una muerte de naturaleza violenta».

    En este sentido, añade que «a la vista de la mecánica del homicidio» y tras la exposición de los forenses que realizaron el informe psicológico, se concluye que «inicialmente efectuada la presión durante 15 o 20 segundos comienza a convulsionar y si persiste la presión ya no recupera, lo que es incompatible con cualquier resultado no querido por el autor».

    Por tanto, añade, «el menor se tuvo necesariamente que representar el resultado mortal que con su conducta se podría provocar, al menos a título de dolo eventual».

    Además, considera la Audiencia Provincial que en el caso de la aplicación de agravante por parentesco «el presente caso no ofrece duda a su aplicación» ya que «el delito se produce dentro de una convivencia entre ambos».

    Con respecto a la situación psicológica del menor, la sentencia recoge que «la reacción del joven fue absolutamente desproporcionada con el hecho motivador que él mismo ha descrito» y que «el modo en el que le produjo la muerte, medio que requiere una acción mantenida en el tiempo, resulta incompatible tanto con la circunstancia de trastorno mental transitorio como con la de arrebato u obcecación».

    En este sentido, subraya que «el estado de frialdad y tranquilidad que mostró con posterioridad a los hechos, se comparte la conclusión alcanzada con la juzgadora de Instancia en el sentido de que no queda acreditada la concurrencia ni de la eximente completa, ni de la incompleta, ni de la atenuante».

    En cuanto al motivo de recurso referido a la inaplicación de la circunstancia atenuante de confesión completa «en vez de la aplicación analógica que se realiza en la sentencia», la Audiencia la ha analizado junto con el expuesto por el Ministerio Fiscal, que considera que «no procede su aplicación ni siquiera como analógica», y señala en sus conclusiones que desestima ambos motivos «entendiendo que se ha aplicado correctamente la atenuante analógica de confesión».

    Finalmente, y con respecto a la discrepancia tanto del Ministerio Fiscal como de la defensa del menor sobre la medida impuesta –la Fiscalía solicitaba ocho años de internamiento cerrado con tratamiento ambulatorio y cinco de libertad vigilada y la defensa una medida menor–, el Tribunal de la Audiencia considera que «la medida impuesta es perfectamente ajustada a derecho, imponiéndose la de acuerdo con la gravedad de los hechos enjuiciados y las circunstancias del menor».

    Por todo ello, ha desestimado ambos recursos contra la sentencia del Juzgado de Menores, confirmando la resolución y ha declarado de oficio las costas de la alzada.

  • Condenado a tres años de cárcel por intentar matar a su hermana en Nerva

    Condenado a tres años de cárcel por intentar matar a su hermana en Nerva

    El TSJA reduce la pena al estimar parcialmente el recurso de la defensa

    El hombre que fue condenado por la Audiencia Provincial de Huelva a cuatro años de prisión por intentar matar a su hermana en Nerva en abril de 2019 no tendrá finalmente que cumplir esa condena, sino una inferior, concretamente de tres años y tres meses, ya que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por su representación legal.

    El TSJA confirma la sentencia, pero reduce la pena, al aceptar los argumentos de la defensa relativos a la drogadicción y trastorno del condenado, si bien rechaza el resto de peticiones del acusado, que reclamaba la impugnación de la sentencia en base a una «infracción de precepto legal» por «no haberse apreciado como muy cualificada la atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica e infracción por inaplicación de las circunstancias atenuantes de drogadicción y de obcecación».

    El acusado, que padece un trastorno límite de la personalidad y es toxicómano, es condenado por un delito de homicidio en grado de tentativa a su hermana, a quien le asestó una cuchillada en la zona lumbar con un cuchillo de carnicero de grandes dimensiones en plena calle en abril de 2019, mientras le gritaba «te mato, te voy a matar», si bien no consiguió ese resultado debido a la «rápida intervención del marido de esta, que se abalanzó sobre el procesado», tal y como se recoge en los hechos probados.

    En la sentencia, recogida por Europa Press, se considera que «la mayor gravedad clínica y social de la patología dual del acusado y su influencia, siquiera sea tendencial o indirecta, en su conducta contraria a la norma deben tener un reflejo, aunque moderado, en la medición de la pena, operando a la baja junto con la anomalía psíquica, cuya relevancia atenuatoria refuerza frente a la única agravante de parentesco».