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  • Diputación asume la gestión de los tributos e ingresos del Ayuntamiento de Nerva

    Diputación asume la gestión de los tributos e ingresos del Ayuntamiento de Nerva

    El Pleno aprueba por unanimidad el convenio firmado con el Consistorio y la Agencia Provincial Tributaria de Huelva

    El Pleno de la Diputación Provincial de Huelva aprobó este miércoles por unanimidad un convenio firmado entre el ente supramunicipal, la Agencia Provincial Tributaria de Huelva (APTH) y el Ayuntamiento de Nerva para la delegación de la gestión integral de los tributos locales y otros ingresos de derecho público del Consistorio nervense, una medida con la que el alcalde de la localidad, Rafael Prado, pretende «lograr una mayor eficiencia» en materia de gestión y recaudación de los tributos e ingresos municipales, dado que la Diputación «cuenta con un organismo autónomo especializado para el ejercicio de estas facultades delegadas».

    En concreto, a través de este convenio, el Ayuntamiento delega, en primer lugar, la gestión tributaria y recaudación de los impuesto sobre bienes Inmuebles, actividades económicas y sobre vehículos de tracción mecánica, y en segundo lugar, la recaudación en periodo voluntario y ejecutivo de las contribuciones especiales y tasas de cobro periódico y notificación colectiva que se determinen en cada ejercicio, a lo que hay que sumar la recaudación en periodo ejecutivo de cualquier tributo e ingreso de derecho público cuya gestión o recaudación en periodo voluntario no haya sido objeto de delegación.

    Asimismo, el convenio, que tiene una vigencia de cuatro años, contempla el establecimiento de un sistema por el que la APTH «asuma la gestión y recaudación de los tributos propios del Ayuntamiento, incrementándose la relación de cooperación y coordinación entre ambas instituciones para promover el desarrollo de la gestión integral de todos los ingresos de derecho público del municipio».

    «El coste del servicio a abonar por parte del Ayuntamiento a la APTH de la Diputación de Huelva será el cinco por ciento del importe total recaudado en voluntaria», mientras que, en la recaudación en vía ejecutiva, se aplicará a favor de la Agencia el 50 por ciento del recargo sin no se liquidan intereses de demora y el 100 por 100 del recargo si se han liquidado a favor del Ayuntamiento los intereses de demora, tal y como se indica en el acuerdo, al que ha tenido acceso TINTO NOTICIAS -El periódico de la Cuenca Minera de Riotinto-.

  • Berrocal, El Campillo, Campofrío y La Granada tendrán ventajas fiscales por la compra de vivienda

    Berrocal, El Campillo, Campofrío y La Granada tendrán ventajas fiscales por la compra de vivienda

    Están entre los 422 municipios andaluces que ya pueden aplicar los tipos reducidos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

    Los residentes de 422 municipios andaluces que tienen una población inferior a los 3.000 habitantes, entre ellos cuatro de la Cuenca Minera de Riotinto, en la provincia de Huelva (Berrocal, Campofrío, El Campillo y La Granada de Río Tinto), se beneficiarán de las ventajas fiscales que contempla la Ley de Tributos Cedidos de Andalucía para combatir los problemas de despoblación en Andalucía, cuya relación se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del día 27 de octubre. Desde dicho día podrán aplicarse en la adquisición de una vivienda un tipo reducido del 3,5% en el pago de la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), siempre que el inmueble esté radicado en uno de estos municipios, se destine a vivienda habitual y el valor del mismo no sea superior a 150.000 euros.

    De esta manera, una persona que compre ahora una vivienda de 140.000 euros, por ejemplo, en un municipio andaluz de menos de 3.000 habitantes pagará un tipo reducido del 3,5% en Transmisiones Patrimoniales, esto es, 4.900 euros, mientras que si la hubiese adquirido en 2019 habría pagado un tipo general del 8%, es decir, 11.200 euros, lo que supone un ahorro actual de 6.300 euros.

    La Dirección General de Tributos de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea ha publicado una resolución en la que detalla cuáles son los municipios por provincias cuyos habitantes pueden beneficiarse, además de la medida anteriormente citada, de un tipo reducido del 0,3% en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del ITPAJD, siempre que el inmueble esté radicado en un municipio de menos de 3.000 habitantes, que tenga como destino la vivienda habitual y cuyo valor no supere los 150.000 euros.

    Si bien la entrada en vigor del conjunto de la Ley de Tributos Cedidos está prevista a partir del 1 de enero de 2022, se adelanta la aplicación al día posterior a su publicación en BOJA de los artículos 41 y 49, correspondientes a los tipos generales, y de los artículos 43 y 50, relativos a los tipos reducidos del ITPAJD que persiguen promover una política social de vivienda, facilitando la aplicación inmediata de estos beneficios fiscales a los nuevos colectivos contemplados en la ley (habitantes de municipios con problemas de despoblación, víctimas de terrorismo y víctimas de violencia doméstica) y también a los colectivos que ya se beneficiaban pero que amplían el número de potenciales beneficiarios: jóvenes menores de 35 años, miembros de familias numerosas, personas con discapacidad, y al resto de contribuyentes que adquieran su vivienda habitual, al elevar los precios máximos de adquisición de la vivienda habitual exigidos por la norma.

    A continuación, el detalle por provincias de los municipios andaluces con problemas de despoblación, que representan el 53,7% del total de municipios de Andalucía, en base a las cifras del Padrón municipal a 1 de enero de 2020, y que podrán aplicar los tipos reducidos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:

    Almería

    Abla, Abrucena, Albánchez, Alboloduy, Alcolea, Alcóntar, Alcudia de Monteagud, Alhabia, Alicún, Almócita, Alsodux, Armuña de Almanzora, Bacares, Bayárcal, Bayarque, Bédar, Beires, Benitagla, Benizalón, Bentarique, Canjáyar, Castro de Filabres, Chercos, Chirivel, Cóbdar, Enix, Felix, Fines, Fiñana, Fondón, Los Gallardos, Gérgal, Huécija, Íllar, Instinción, Laroya, Laujar de Andarax, Líjar, Lubrín, Lucainena de las Torres, Lúcar, María, Nacimiento, Ohanes, Olula de Castro, Oria, Padules, Partaloa, Paterna del Río, Purchena, Rágol, Rioja, Santa Cruz de Marchena, Santa Fe de Mondújar, Senés, Serón, Sierro, Somontín, Sorbas, Suflí, Taberno, Tahal, Terque, Las Tres Villas, Turrillas, Uleila del Campo, Urrácal, Velefique, Vélez-Blanco y Zurgena.

    Cádiz

    Algar, Benaocaz, El Bosque, El Gastor, Grazalema, San Martín del Tesorillo, Setenil de las Bodegas, Torre Alháquime, Villaluenga del Rosario y Zahara de la Sierra.

    Córdoba

    Alcaracejos, Almedinilla, Añora, Belmez, Los Blázquez, Cañete de las Torres, Carcabuey, Cardeña, Conquista, Dos Torres, Encinas Reales, Espiel, Fuente Carreteros, Fuente la Lancha, Fuente-Tójar, La Granjuela, Guadalcázar, La Guijarrosa, El Guijo, Luque, Monturque, Obejo, Palenciana, Pedro Abad, Pedroche, San Sebastián de los Ballesteros, Santa Eufemia, Torrecampo, Valenzuela, Valsequillo, La Victoria, Villaharta, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey, Villaralto, El Viso y Zuheros.

    Granada

    Agrón, Alamedilla, Albondón, Albuñán, Albuñuelas, Aldeire, Algarinejo, Alicún de Ortega, Almegíjar, Alpujarra de la Sierra, Alquife, Arenas del Rey, Beas de Granada, Beas de Guadix, Benalúa de las Villas, Benamaurel, Bérchules, Bubión, Busquístar, Cacín, Cádiar, La Calahorra, Calicasas, Campotéjar, Cáñar, Capileira, Carataunas, Cástaras, Castilléjar, Castril, Chimeneas, Cogollos de Guadix, Cogollos de la Vega, Colomera, Cortes de Baza, Cortes y Graena, Cuevas del Campo, Darro, Dehesas de Guadix, Dehesas Viejas, Deifontes, Diezma, Dílar, Dólar, Domingo Pérez de Granada, Dúdar, Escúzar, Ferreira, Fonelas, Fornes, Freila, Galera, Gobernador, Gor, Gorafe, Guadahortuna, Los Guájares, Güéjar Sierra, Güevéjar, Huélago, Huéneja, Huétor de Santillán, Ítrabo, Játar, Jayena, Jérez del Marquesado, Jete, Juviles, Lanteira, Lecrín, Lentegí, Lobras, Lugros, Lújar, La Malahá, Marchal, Molvízar, Montejícar, Montillana, Morelábor, Murtas, Nevada, Nigüelas, Nívar, Orce, Otívar, Pampaneira, Pedro Martínez, La Peza, El Pinar, Pinos Genil, Píñar, Polícar, Polopos, Pórtugos, Puebla de Don Fadrique, Purullena, Quéntar, Rubite, Salar, Santa Cruz del Comercio, Soportújar, Sorvilán, La Taha, Torre-Cardela, Torrenueva Costa, Torvizcón, Trevélez, Turón, Ugíjar, Valderrubio, Valle del Zalabí, El Valle, Válor, Vélez de Benaudalla, Ventas de Huelma, Villamena, Villanueva de las Torres, Villanueva Mesía, Víznar, Zafarraya, Zagra y Zújar.

    Huelva

    Alájar, El Almendro, Almonaster la Real, Arroyomolinos de León, Berrocal, Cabezas Rubias, Cala, Calañas, El Campillo, Campofrío, Cañaveral de León, Castaño del Robledo, El Cerro de Andévalo, Chucena, Corteconcepción, Cortelazor, Cumbres de Enmedio, Cumbres de San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Escacena del Campo, Fuenteheridos, Galaroza, La Granada de Río-Tinto, El Granado, Higuera de la Sierra, Hinojales, Jabugo, Linares de la Sierra, Manzanilla, Los Marines, La Nava, Paymogo, Puerto Moral, Rosal de la Frontera, San Silvestre de Guzmán, Sanlúcar de Guadiana, Santa Ana la Real, Santa Bárbara de Casa, Santa Olalla del Cala, Valdelarco, Villablanca, Villanueva de las Cruces, Villanueva de los Castillejos, Villarrasa, La Zarza-Perrunal y Zufre.

    Jaén

    Albanchez de Mágina, Aldeaquemada, Arquillos, Arroyo del Ojanco, Baños de la Encina, Bedmar y Garcíez, Bélmez de la Moraleda, Benatae, Cabra del Santo Cristo, Cambil, Campillo de Arenas, Canena, Carboneros, Cárcheles, Cazalilla, Chiclana de Segura, Chilluévar, Escañuela, Espelúy, Frailes, Fuerte del Rey, Génave, Guarromán, Higuera de Calatrava, Hinojares, Hornos, Huesa, Ibros, La Iruela, Iznatoraf, Jabalquinto, Jimena, Lahiguera, Larva, Lupión, Montizón, Noalejo, Orcera, Pegalajar, Puente de Génave, La Puerta de Segura, Santa Elena, Santiago de Calatrava, Santiago-Pontones, Santo Tomé, Segura de la Sierra, Siles, Sorihuela del Guadalimar, Torreblascopedro, Torres, Torres de Albánchez, Villardompardo y Villarrodrigo.

    Málaga

    Alcaucín, Alfarnate, Alfarnatejo, Algatocín, Almáchar, Almargen, Alozaina, Alpandeire, Árchez, Ardales, Arenas, Atajate, Benadalid, Benalauría, Benamargosa, Benaoján, Benarrabá, El Borge, El Burgo, Canillas de Aceituno, Canillas de Albaida, Cañete la Real, Carratraca, Cartajima, Casarabonela, Comares, Cuevas Bajas, Cuevas del Becerro, Cútar, Faraján, Fuente de Piedra, Gaucín, Genalguacil, Guaro, Igualeja, Istán, Iznate, Jimera de Líbar, Jubrique, Júzcar, Macharaviaya, Moclinejo, Monda, Montecorto, Montejaque, Parauta, Pujerra, Riogordo, Salares, Sayalonga, Sedella, Serrato, Tolox, Totalán, Valle de Abdalajís, Villanueva de Tapia, Viñuela y Yunquera.

    Sevilla

    Aguadulce, Alanís, Algámitas, Almadén de la Plata, Carrión de los Céspedes, Castilleja de Guzmán, Castilleja del Campo, El Castillo de las Guardas, Coripe, El Garrobo, Guadalcanal, Lora de Estepa, El Madroño, Marinaleda, Martín de la Jara, Las Navas de la Concepción, El Palmar de Troya, El Pedroso, Pruna, La Puebla de los Infantes, El Real de la Jara, El Ronquillo, San Nicolás del Puerto y Villanueva de San Juan.

    Otros colectivos que pueden aplicarse ya tipos reducidos en ITPAJD

    Junto a la ventaja fiscal para los municipios de menos de 3.000 habitantes, también se pueden aplicar desde el 27 de octubre, sin esperar a 2022, los tipos reducidos en ITPAJD en los siguientes supuestos.

    En la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del impuesto:

    a) Se aplicará el tipo del 6% siempre que el inmueble se destine a vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros.

    b) Se aplicará el tipo del 3,5% a menores de 35 años, siempre que el inmueble se destine a su vivienda habitual y que el valor no sea superior a 150.000 euros.

    c) Se aplicará el tipo del 3,5% siempre que el adquirente tenga la consideración de persona con discapacidad, que el inmueble se destine a su vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 250.000 euros.

    d) Se aplicará el tipo del 3,5% siempre que el adquirente tenga la consideración de miembro de familia numerosa, que el inmueble se destine a vivienda habitual de su familia y el valor de la misma no sea superior a 250.000 euros.

    e) Se aplicará el tipo del 3,5% siempre que el adquirente tenga la consideración de víctima de violencia doméstica, que el inmueble se destine a su vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros.

    f) Se aplicará el tipo del 3,5% siempre que el adquirente tenga la consideración de víctima del terrorismo o persona afectada, que destine el inmueble a su vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros.

    En la modalidad de Actos Jurídicos Documentados:

    a) Se aplicará el tipo del 1% siempre que el inmueble se destine a vivienda habitual del adquirente y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros.

    b) Se aplicará el tipo del 0,3% siempre que el adquirente sea menor de 35 años, que el inmueble se destine a su vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros.

    c) Se aplicará el tipo del 0,1% siempre que el adquirente tenga la consideración de persona con discapacidad, que el inmueble se destine a su vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 250.000 euros.

    d) Se aplicará el tipo del 0,1% siempre que el adquirente tenga la consideración de miembro de familia numerosa, que el inmueble se destine a vivienda habitual de su familia y que el valor de la misma no sea superior a 250.000 euros.

    e) Se aplicará el tipo del 0,3% siempre que el adquirente tenga la consideración de víctima de violencia doméstica, que el inmueble se destine a su vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros.

    f) Se aplicará el tipo del 0,3% siempre que el adquirente tenga la consideración de víctima de terrorismo o persona afectada, que el inmueble se destine a su vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros.

  • El Rompido ya tiene oficina del Servicio de Gestión Tributaria

    El Rompido ya tiene oficina del Servicio de Gestión Tributaria

    El Ayuntamiento de Cartaya cede un espacio al ente perteneciente a la Diputación de Huelva

    El Ayuntamiento de Cartaya y la Diputación provincial de Huelva, en el marco de colaboración entre las dos administraciones, han alcanzado un acuerdo para la apertura, en la Delegación permanente de El Rompido, de una nueva oficina del Servicio de Gestión Tributaria (SGTH).

    Este departamento, cedido por parte del Consistorio, viene a dotar de mayor contenido este edificio “en una clara apuesta de seguir acercando los servicios a los/as ciudadanos/as de los núcleos costeros”. Así lo han manifestado la alcaldesa, Pepa González Bayo; el primer teniente de alcaldesa, concejal de El Rompido y Nuevo Portil, David F. Calderón; y la diputada provincial del ramo, Belén Castillo; que hoy han visitado las instalaciones.

    De esta forma, “se pretende ampliar los servicios de proximidad, evitar desplazamientos y ofrecer a la ciudadanía una atención más cercana, más directa y de mayor calidad”, han señalado los responsables municipales.

    Asimismo, la diputada provincial ha resaltado el compromiso de la institución provincial de proporcionar las máximas facilidades a los/as ciudadanos/as, así como mejorar la atención que se les presta a través del Servicio de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Huelva.

    La oficina permanecerá abierta durante el mes de agosto, en horario de mañana, de 9:30 a 14:00 horas.

  • La Diputación inspeccionará los impuestos de Riotinto, Nerva, Campofrío y La Granada

    La Diputación inspeccionará los impuestos de Riotinto, Nerva, Campofrío y La Granada

    El Servicio Provincial de Gestión Tributaria, que hasta ahora se encargaba de la gestión y recaudación, incorpora las funciones de comprobación e investigación del cumplimiento de las obligaciones tributarias

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  • El PP de Nerva pide al Ayuntamiento que baje los impuestos

    El PP de Nerva pide al Ayuntamiento que baje los impuestos

    José Antonio Lozano basa su petición en los casi 100.000 euros extras que la mina aportará al Consistorio

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